¿Y si compré un inmueble embargado?

Tienes un problema. Por eso es que lo ideal es que antes de adquirir un inmueble, veas la situación que este guarda. El documento idóneo para analizarlo es el certificado de libertad de gravamen. Ahí se refleja si hay alguna limitación, embargo, hipoteca, o anotación de juicio.

Para saber qué tan grave es tu problema al “haber comprado un inmueble embargado”, se deberá de analizar cuando “entró el inmueble a tu patrimonio”. Es decir, cuando se dio el pacto de “precio y cosa”, pasando así a tu patrimonio la propiedad del inmueble. La propiedad puede pasar a tu patrimonio aun cuando no se haya pagado la totalidad del precio.

Si el inmueble entró a tu patrimonio antes de que se hubiera inscrito el embargo en registro público, puedes pedir a un juez que quite el embargo mediante un procedimiento contencioso. Aun cuando el documento mediante el cual el inmueble pasó a tu patrimonio, haya sido un contrato privado (y no una escritura). Siempre y cuando tu contrato privado tenga

“fecha cierta”. Lo cual se adquiere entre otras formas, si tu contrato pasó ante alguna autoridad o notario público.

Si el inmueble entró a tu patrimonio después de que se hubiera inscrito el embargo en registro público, tu problema sí es grave. Toda vez que tu inmueble sigue vinculado a responder por lo que resulte del juicio donde se ordenó el embargo.

Desde luego, si el vendedor actuó de mala fe y te ocultó lo relativo al embargo, tienes acciones legales para proceder contra él buscando te indemnice. Claro, con el respectivo tiempo y costos que implica un procedimiento contencioso. Y este vendedor de mala fe tenga bienes suficientes para indemnizarte.

Por eso el consejo siempre es verificar la situación registral de un inmueble, antes de hacer tratos sobre él.

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